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Comunicación en crisis

Foto del escritor: Lara Myriam Hadjistratis MorenoLara Myriam Hadjistratis Moreno

La utilización de una imagen publicada en una red social sin el consentimiento del titular supone la vulneración de los derechos de propiedad intelectual que tiene el autor de la fotografía y el derecho fundamental a la propia imagen, que ostenta la persona que aparece en el retrato.

Si además este contenido audiovisual va acompañado de cualquier expresión grave que lesione la dignidad de la persona implicada, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación podrá ser, como figura en los artículos 208 y 209 del Código Penal, constitutivo de delito de injurias.

En el año 2020 se hizo pública una sentencia del Tribunal Constitucional que sentó jurisprudencia y que por primera vez estableció que los medios de comunicación no pueden publicar fotografías obtenidas de redes sociales sin consentimiento expreso del titular, confirmando el fallo del Tribunal Supremo que condenó al periódico “La Opinión de Zamora” a una multa de 15.000€ por incluir indebidamente datos personales y familiares del demandante así como fotografías extraídas de la red social Facebook sin autorización alguna, ejerciendo una intromisión a la intimidad y a la propia imagen.


Este hecho causó gran revuelo en todos los medios de comunicación que publicaron artículos hablando del caso como pudo ser El Mundo o en RTVE entre muchos otros. Dicho caso llevó no solo a una repercusión informativa en los medios sino a un cambio de perspectiva en estos a la hora de usar recursos en los artículos pues, según la sentencia, la extracción de imágenes en redes sociales no estaría permitida.


La respuesta de La Opinión de Zamora fue clara: "se respeta, como no puede ser de otra manera, la sentencia del Tribunal Supremo pero no la comparte al estimar que, si los hechos tienen relevancia informativa, como reconoce el propio fallo judicial, no puede quedar al arbitrio del protagonista de la noticia si la información puede ir o no ilustrada con una fotografía suya, al tiempo que estudia vías extraordinarias para su posible impugnación." según el artículo del medio en 2017 tras la sentencia del Tribunal Supremo.


No obstante, cuando el Tribunal Constitucional confirmó el fallo del Tribunal Supremo el medio en cuestión no se volvió a pronunciar mas sí lo hicieron otros medios de comunicación en su lugar abriendo debate y reaccionando así a la sentencia final que repercutiría en el resto de medios.



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